agosto 14 2020 0Comment

Teletrabajo es ley

El Senado aprobó la semana pasada una nueva ley para regular el teletrabajo. La misma aún no se encuentra reglamentada pero deberá comenzar a regir 90 días después de que se levante el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.

Con esta norma se busca que los trabajadores que se desempeñen bajo esta modalidad tengan los mismos derechos y obligaciones que los trabajadores en relación de dependencia. Su remuneración no podrá ser inferior a la que se percibe en modalidad presencial, la jornada laboral deberá ser pactada previamente por escrito y los convenios colectivos de trabajo deberán tener una combinación entre trabajo presencial y teletrabajo.

A su vez se establece el derecho a la desconexión digital fuera de la jornada laboral y en las licencias, y el empleador deberá proveer el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte, o compensación en caso de que el trabajador utilice sus herramientas. Asimismo, podrá tener compensación por mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios.

Otro punto a señalar es que el trabajador pasará a realizar teletrabajo por voluntad propia y el consentimiento será manifestado por escrito, salvo situaciones de fuerza mayor. Este consentimiento podrá ser reversible, de manera que el trabajador puede retornar a la modalidad presencial si lo deseara. A su vez, se establece que el trabajador tenga personas a su cargo (menores de 13 años, personas con discapacidad o adultos mayores) tendrá derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado o podrá interrumpir la jornada laboral.

Desde el ámbito sindical, celebramos que los trabajadores que desempeñan sus tareas a distancia puedan contar con los derechos y obligaciones que cuentan los trabajadores en relación de dependencia, incluyendo la posibilidad de estar bajo convenio de actividad y agremiarse para defender sus derechos.

 

 

Ya salió en el Boletín Oficial la disposición del Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo Ley 27555.

 

administradora